De acuerdo al Decreto 297/2020 durante el aislamiento social preventivo y obligatorio SÓLO estamos autorizados para realizar desplazamientos mínimos e indispensables para realizar la compra de: alimentos, medicamentos y artículos de limpieza. Para esto NO se necesita permiso de circulación.
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¿QUIÉNES ESTÁN EXCEPTUADOS DE CUMPLIR EL AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO? 
Todas las personas que realizan actividades y servicios declarados esenciales durante la emergencia (Decretos 429/2020 y 450/2020). 
Aquellos/as que se encuentren dentro de estas excepciones deberán contar con una certificación que acredite su condición y su desplazamiento deberá limitarse estrictamente a la actividad y servicio considerado esencial. 
Si querés conocer el listado de exceptuados del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio entra al siguiente link:  https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/aislamiento/aclaraciones/permisos  
http://dlvr.it/RTyZ3Q
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