Los medios de pago siempre han sido los instrumentos por el cual el importador o exportador, cancelan o reciben sus operaciones, sin embargo, ¿muchos de ellos no conocen las comisiones que intervienen en las entidades financieras, se preguntan? Ya compré y ahora cuáles serán las comisiones, o por el lado del exportador, cerró una operación y se preguntó y ahora cuando me cobrará el Banco por esta operación.
Muchas veces el riesgo de la operación está proporcional a las comisiones de la misma, por ejemplo, una comisión por procesar una transferencia es menos costosa que una comisión de confirmación de carta de crédito, por ejemplo, por el riesgo que implica el compromiso de pago del Banco del Exportador.
A continuación, se detalla las principales comisiones por las entidades bancarias.
1) Comisión por procesamiento / recepción de orden de pago del exterior = comisión
del Banco por la gestión de transferencia, realizar el trámite y envío mensaje Swift,
incluyendo búsqueda de bancos corresponsales.
2) Comisión porte = envió de mensajes al cliente por diversos medios.
3) Comisión convenio BCR Aladi = se aplica sobre el importe de la transferencia, quiere decir
sobre la negociación (factura) si la operación se efectúa con un país dentro del convenio de
la Asociación Latinoamericana de Integración Aladi, se aplicará la comisión respectiva.
4) Comisión por aceptación = se aplica a la aceptación de un documento bancarios (letra de
cambio) por el banco, cuando el banco acepta el pago, se convierte en una aceptación
bancaria. Se utiliza mucho en cobranzas y carta de crédito de pago a plazo
5) Comisión por aviso = una carta crédito al momento de ser notificada la autenticidad y cuya
verificación ha sido constatada por el banco, el banco notifica al beneficiario (exportador)
la autenticidad de la carta de crédito sin tomar obligación de pago, pudiendo existir hasta dos bancos en comisión de aviso.
6) Comisión de apertura o inicio = el importador al solicitar la publicación de la carta de
crédito, el banco le cobra por un periodo de 90 días o fracción la emisión de la misma. Siendo
este periodo de validez, el tiempo necesario del exportador para preparar todo el proceso
de exportación.
7) Comisión de negociación = al momento de negociar los documentos sea a plazo o no, al
momento de pagar la carta de crédito el banco le cobra por el hecho de recibir el pago
previo que las condiciones se cumplan con lo indicado en la carta de crédito.
8) Comisión de confirmación = el banco notificador por lo general pude añadir su
responsabilidad de pago, la confirmación es un compromiso restringido y total del banco
confirmante que se obliga de la misma manera que el banco emisor, la confirmación se
realiza por cada 90 días o fracción. Se utiliza para amparar la capacidad de pago del banco
emisor y para hacer reducir el riesgo reemplazando el riesgo de un banco extranjero por el
riesgo de un banco nacional.
9) Comisión de modificación = si se realiza alguna enmienda de algún campo, sin considerar
prorroga no incremento el banco cobra comisión respectiva y siempre es importante que
está comisión sea coordinada entre importador y exportador, por ejemplo, una fecha de
embarque, cambio de puerto, etc.
10) Comisión de Prorroga / Incremento = si el exportador presenta inconvenientes por
cumplir en los plazos acordados, es mejor prorrogar la carta de crédito o cobranza, así
mismo el exportador amplio el volumen de carga, deberá incrementar la carta de crédito.
En conclusión, las comisiones de los medios de pago serán cobradas dependiendo de variables como
plazo, riesgos, importe, incremento, entre otros puntos; todo importador y exportador debe
conocer las comisiones para para costear en su matriz los gastos financieros y así conocer cuanto
margen debe sacrificar para tener identificada las comisiones más aun cuando cada medio de pago
tiene características distintas.
Por José Darío Dueñas Sánchez; Especialistas en Negocios Internacionales.
http://dlvr.it/StkBSy
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